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Presente una queja

La ley de Estadounidenses con Discapacidades ofrece una herramienta importante para la lucha contra la discriminación: el relleno de una queja ante la agencia federal apropiada. Esta página explica los pasos que usted debe tomar para comenzar.

Contra quién se puede presentar una queja

Si cree que usted u otra persona ha sido discriminado por motivos de una discapacidad, puede presentar una queja al amparo de la ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés) contra:

  • un gobierno local o estatal, tal como:
    • un hospital público
    • una escuela pública
    • otro programa del gobierno local o estatal
  • un negocio privado que atiende al público, tal como:
    • un restaurante
    • un consultorio médico
    • una tienda
    • un hotel

Dónde y cómo presentar una queja

La naturaleza de su queja determina dónde usted debe presentarla. La tabla a continuación le indica dónde y cómo presentar su queja.

Tipo de queja La agencia ante la cual debe presentar la queja Cómo presentar una queja
Empleo (p. ej. problemas en el trabajo o para solicitar un trabajo) La Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, por sus siglas en inglés) Siga las instrucciones en el sitio web de la EEOC
Viajes aéreos (que tiene que ver con una aerolínea específica) El Departamento de Transportación (DOT, por sus siglas en inglés) Siga las instrucciones en el sitio web del DOT
Vivienda (p. ej. la denegación de una vivienda o de un lugar accesible para vivir, por motivos de una discapacidad) El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD, por sus siglas en inglés) Siga las instrucciones en el sitio web del HUD
Quejas relacionadas con algo diferente El Departamento de Justicia, División de Derechos Civiles Véase a continuación

Para la presentación de una queja ante la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia

Existen tres opciones para la presentación de una queja:

  1. 1. En línea

    Siga las instrucciones en el sitio web del DOJ.
  2. 2. Por correo ordinario

    Rellene y envíe la versión impresa del Formulario de quejas al amparo de la ADA (en inglés) or o una carta que contiene la misma información, a: U.S. Department of Justice
    Civil Rights Division
    950 Pennsylvania Avenue, NW
    Washington, DC 20530

Después de que presente una queja

Puede que remitamos su queja a:

También puede que:

  • Nos comuniquemos con usted para pedir más información
  • Investiguemos su queja, lo que podría llevar a una conciliación o un pleito

Por desgracia, nos podemos investigar cada queja. Nosotros le avisaremos si no podremos mediar, remitir o investigar su queja.

Cuándo nos comunicaremos con usted

Nosotros recibimos muchas quejas en virtud de la ADA de personas por todo Estados Unidos. Por lo tanto, nuestra revisión puede tardar hasta tres meses.

Si, acabado este período de tres meses y todavía no nos hemos comunicado con usted, puede llamar a la línea informativa de la ADA para comprobar el estado de su queja. Puede comunicarse con la línea informativa al 800-514-0301 (voz) o 1-833-610-1264 (TTY).

Incluso si no tomamos ninguna medida formal, su queja nos provee con información importante, nos ayuda a identificar problemas que afectan a múltiples personas o grupos y nos ayuda a entender tendencias y temas emergentes.

Programa de mediación de la ADA

La mediación es un proceso en no involucra los tribunales. Típicamente, la mediación conlleva una o más reuniones entre usted, la organización de la cual se quejó y un mediador imparcial, y está diseñada para ayudarle a llegar a un acuerdo mutuo. Puede ser una manera equitativa y rápida para resolver quejas al amparo de la ADA. Es confidencial y voluntario.

Si nosotros pensamos que su queja podría resolverse mediante la mediación, nos comunicaremos con usted y con la organización de la cual usted quejó. Preguntaremos si las dos partes están dispuestas a participar en un proceso de mediación.

Si llegamos a investigar su queja:

Un investigador o abogado se comunicará con usted para pedirle más información.

El Departamento no proporcionará su nombre u otra información personal a nadie, a menos que sea necesario para alguna actividad de cumplimiento con la ley o en el caso de verse obligado por ley a hacerlo.

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